Artículo 184 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas
Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si el bien embargado tuviere acreedores hipotecarios y su propietario no los hubiere liberado antes del remate, se admitirá a cualquiera de ellos que lo haga en los términos expresados en el artículo anterior exhibiendo en el acto el importe del adeudo y gastos originados.
Este hecho se hará constar en el acta y se entregará una copia certificada de la misma al acreedor mencionado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.