Artículo 218 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas
Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La interposición de este recurso no suspenderá en ningún caso el procedimiento administrativo de ejecución, salvo que el recurrente lo solicite y garantice el interés fiscal en los términos del presente Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.