Artículo 79 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas
Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Procederá la cancelación de los créditos fiscales, cuando sean declarados incosteables a juicio del H. Ayuntamiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.