Código Fiscal estatal

Artículo 72 de Código Fiscal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas

Código Fiscal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son infracciones relacionadas con el Registro Estatal de Contribuyentes, las siguientes:

I. No solicitar la inscripción cuando se esté obligado a ello, o hacerlo extemporáneamente.

II. No presentar los avisos al registro o hacerlo extemporáneamente.

III. Iniciar actividades sin haber solicitado y obtenido la autorización correspondiente cuando las Leyes Fiscales así lo estipulen.

(ADICIONADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

IV. No solicitar la autorización a la Secretaría de Finanzas, para que persona distinta al titular de la licencia para el funcionamiento de establecimientos que enajenen bebidas alcohólicas o que presten servicios en los que se expendan dichas bebidas, preste los servicios que autoriza la licencia de referencia.

(ADICIONADA, P.O. 22 DE DICIEMBRE DE 2021)

V. No solicitar la licencia adicional a la Secretaría de Finanzas, para entregar bebidas alcohólicas a domicilio, a que se refiere el artículo 87- A, de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

(REFORMADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 72 de Código Fiscal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas?

Son infracciones relacionadas con el Registro Estatal de Contribuyentes, las siguientes: I. No solicitar la inscripción cuando se esté obligado a ello, o hacerlo extemporáneamente. II. No presentar los avisos al…

¿Está vigente el artículo 72?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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