Código Fiscal estatal

Artículo 3 de Código Fiscal para el Estado de Oaxaca

Código Fiscal para el Estado de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La recaudación de los ingresos que el Estado tiene derecho a percibir, se hará a través de la Secretaría u otras entidades públicas o privadas que por la misma hubieren sido autorizadas en términos de las disposiciones aplicables para realizarla, debiendo éstas últimas sujetarse a los lineamentos que se establezcan en el Reglamento y en Reglas.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 3 de Código Fiscal para el Estado de Oaxaca?

La recaudación de los ingresos que el Estado tiene derecho a percibir, se hará a través de la Secretaría u otras entidades públicas o privadas que por la misma hubieren sido autorizadas en términos de las disposiciones…

¿Está vigente el artículo 3?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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