Artículo 4 de Código Fiscal para el Estado y Municipios de Baja California Sur
Código Fiscal para el Estado y Municipios de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son productos, las contraprestaciones por los servicios que preste el Estado o sus municipios, en sus funciones de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del dominio privado, que deben pagar las personas físicas y morales de acuerdo con lo previsto en los contratos, convenios o concesiones correspondientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.