Artículo 160 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las garantías constituidas para asegurar el interés fiscal se harán efectivas a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución.
Cuando la garantía fuere dinero en efectivo depositado en la oficina ejecutora, declarada en definitiva la procedencia del cobro del crédito fiscal, se ordenará la aplicación del depósito al pago de acuerdo con el artículo anterior.
Cuando se trate de fianza se aplicará el procedimiento que establece la legislación federal aplicable.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.