Código Fiscal estatal

Artículo 313 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla

Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La Tesorería por conducto del Director de Contabilidad, o el órgano administrativo de cada entidad, serán responsables de aplicar la contabilidad para los fines a que se refiere la Ley General de Contabilidad Gubernamental, siguiendo las mejores prácticas contables nacionales e internacionales en apoyo a las tareas de planeación financiera, registro y control de recursos, análisis y fiscalización.

La Tesorería por conducto del Director de Contabilidad o el órgano administrativo de cada entidad serán responsables de la implementación oportuna de las decisiones que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable así como de la integración y publicación de inventarios y en general de las obligaciones que consigna dicho ordenamiento a cargo de la administración pública centralizada y paramunicipal.

Las Juntas Auxiliares que administren recursos públicos serán responsables de la observancia de los lineamientos que dicte la Tesorería a fin de cumplir con los objetivos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y que serán compatibles con los que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 313 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla?

La Tesorería por conducto del Director de Contabilidad, o el órgano administrativo de cada entidad, serán responsables de aplicar la contabilidad para los fines a que se refiere la Ley General de Contabilidad…

¿Está vigente el artículo 313?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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