Código Fiscal estatal

Artículo 62 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla

Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Procederá la cancelación de los créditos fiscales por resultar incosteable su cobro. Para el efecto de que la autoridad fiscal determine dicha incosteabilidad, se tomará como base el monto que fije anualmente la Ley de Ingresos del Municipio.

La cancelación de créditos fiscales en las cuentas públicas, no libera de su pago al sujeto pasivo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 62 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla?

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¿Está vigente el artículo 62?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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