Artículo 70 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila
Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Toda persona que sea detenida por infracciones a reglamentos gubernativos o de policía tendrá derecho a que se le fije la sanción alternativa, en los términos del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en un término no mayor de seis horas. El reglamento respectivo garantizará la implementación de un mecanismo para que en todas las direcciones de seguridad pública y comandancias municipales exista permanentemente personal con facultades para cumplir lo anterior.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.