Artículo 168 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Por zonificación debe entenderse la disposición y destino de determinadas áreas y reservas territoriales que el Ayuntamiento acuerde convertirlas a futuro en espacios urbanizados. El Municipio preverá la constitución de reservas territoriales y ecológicas y dictará normas conducentes al uso específico y racional del suelo municipal, ajustándose en todo a las leyes relativas en la materia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.