Artículo 196 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En caso de catástrofes, calamidades o desastres en la comunidad, los servicios públicos municipales, concesionados o no, y las instalaciones, transportes y recursos de toda índole destinados a los mismos, necesarios para la prevención, atención y control de estas situaciones, quedarán sujetos al régimen de protección civil, durante el tiempo que dure la emergencia, en los términos de la ley de protección civil para el estado de Coahuila.
CAPÍTULO II SERVICIOS PÚBLICOS, COMPETENCIA DEL MUNICIPIO (REFORMADO, P.O. 20 DE MARZO DE 2001)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.