Artículo 276 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En los casos de siniestro o riesgo inminente en que peligre la vida del trabajador, de sus compañeros o las instalaciones de las dependencias, las horas de trabajo podrán prolongarse por el tiempo estrictamente indispensable para evitar esos males.
Las horas a que se refiere el párrafo anterior, se pagarán con una cantidad igual a la que corresponda a las horas de trabajo ordinario.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.