Código procesal federal

Artículo 173 de Código Nacional de Procedimientos Penales

Código Nacional de Procedimientos Penales · Última reforma de referencia: 2014-03-05 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 173. Tipo de garantía La garantía económica podrá constituirse de las siguientes maneras:

I. Depósito en efectivo;

II. Fianza de institución autorizada;

III. Hipoteca;

IV. Prenda;

V. Fideicomiso, o VI. Cualquier otra que a criterio del Juez de control cumpla suficientemente con esta finalidad.

El Juez de control podrá autorizar la sustitución de la garantía impuesta al imputado por otra equivalente previa audiencia del Ministerio Público, la víctima u ofendido, si estuviese presente.

Las garantías económicas se regirán por las reglas generales previstas en el Código Civil Federal o de las Entidades federativas, según corresponda y demás legislaciones aplicables.

El depósito en efectivo será equivalente a la cantidad señalada como garantía económica y se hará en la institución de crédito autorizada para ello; sin embargo, cuando por razones de la hora o por tratarse de día inhábil no pueda constituirse el depósito, el Juez de control recibirá la cantidad en efectivo, asentará registro de ella y la ingresará el primer día hábil a la institución de crédito autorizada.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 173 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece las formas en que se puede constituir una garantía económica. Estas son: el depósito en efectivo, la fianza de una institución autorizada, la hipoteca, la prenda, el fideicomiso, y cualquier otra opción que el Juez de control considere adecuada.

Además, el Juez puede permitir que se sustituya la garantía impuesta por otra equivalente, siempre que se realice una audiencia con el Ministerio Público y, si es posible, con la víctima u ofendido. Las garantías económicas deben seguir las reglas del Código Civil Federal o de las entidades federativas, así como otras leyes aplicables. Si no se puede hacer el depósito en efectivo por horario o día inhábil, el Juez puede recibir el efectivo y registrarlo para ingresarlo en el primer día hábil.

  • Formas de garantía económica: efectivo, fianza, hipoteca, prenda, fideicomiso.
  • Posibilidad de sustituir la garantía con autorización del Juez.
  • Regulación por el Código Civil y otras leyes.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 173 de Código Nacional de Procedimientos Penales a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Tesis del SJF que mencionan esta ley

  • SOBRESEIMIENTO TOTAL EN LA CAUSA PENAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 327 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES. EL PLAZO PARA APELAR LA…
    Undecima Epoca · Tribunales Colegiados de Circuito · Ver en SJF ↗
  • RESTRICCIÓN CONSTITUCIONAL. ES INEXISTENTE TRATÁNDOSE DE LA REVISIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRISIÓN PREVENTIVA DECRETADA EN EL SISTEMA…
    Decima Epoca · Tribunales Colegiados de Circuito · Ver en SJF ↗

Estas son coincidencias generales. Para las tesis que realmente interpretan este artículo, con la cita exacta, pregúntale a Ian →

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 173 de Código Nacional de Procedimientos Penales?

Tipo de garantía La garantía económica podrá constituirse de las siguientes maneras: I. Depósito en efectivo; 55 de 168 CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última…

¿Está vigente el artículo 173?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2014-03-05. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.