El artículo 273 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que los peritos, quienes son expertos que realizan dictámenes en el ámbito penal, deben tener acceso a los indicios relacionados con su trabajo. Esto significa que, para elaborar sus informes, los peritos pueden revisar y analizar las pruebas o elementos que se encuentran en la escena del crimen o que son relevantes para el caso.
Este acceso es fundamental para garantizar que los dictámenes sean precisos y basados en la evidencia disponible. Además, los peritos también pueden referirse a estos indicios durante el interrogatorio, lo que permite una mejor comprensión de su análisis y conclusiones.
- Los peritos deben tener acceso a los indicios en todo momento.
- El acceso a los indicios es esencial para la elaboración de dictámenes.
- Los indicios pueden ser referidos en el interrogatorio.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.