Código procesal federal

Artículo 403 de Código Nacional de Procedimientos Penales

Código Nacional de Procedimientos Penales · Última reforma de referencia: 2014-03-05 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 403. Requisitos de la sentencia La sentencia contendrá:

I. La mención del Tribunal de enjuiciamiento y el nombre del Juez o los Jueces que lo integran;

II. La fecha en que se dicta;

III. Identificación del acusado y la víctima u ofendido;

IV. La enunciación de los hechos y de las circunstancias o elementos que hayan sido objeto de la acusación y, en su caso, los daños y perjuicios reclamados, la pretensión reparatoria y las defensas del imputado;

V. Una breve y sucinta descripción del contenido de la prueba;

VI. La valoración de los medios de prueba que fundamenten las conclusiones alcanzadas por el Tribunal de enjuiciamiento;

VII. Las razones que sirvieren para fundar la resolución;

VIII. La determinación y exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se consideren probados y de la valoración de las pruebas que fundamenten dichas conclusiones;

IX. Los resolutivos de absolución o condena en los que, en su caso, el Tribunal de enjuiciamiento se pronuncie sobre la reparación del daño y fije el monto de las indemnizaciones correspondientes, y X. La firma del Juez o de los integrantes del Tribunal de enjuiciamiento.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La sentencia en un proceso penal debe cumplir con ciertos requisitos específicos. Estos son elementos esenciales que garantizan la claridad y la legalidad del fallo emitido por el Tribunal de enjuiciamiento.

  • Identificación del Tribunal y del Juez o Jueces que lo integran.
  • Fecha en que se dicta la sentencia.
  • Datos del acusado y de la víctima u ofendido.
  • Descripción de los hechos y circunstancias de la acusación, así como los daños reclamados y defensas del imputado.
  • Resumen del contenido de las pruebas presentadas.
  • Valoración de los medios de prueba que sustentan las conclusiones del Tribunal.
  • Razones que fundamentan la resolución.
  • Exposición clara y completa de los hechos considerados probados y la valoración de las pruebas.
  • Resolutivos de absolución o condena, incluyendo la reparación del daño y el monto de indemnizaciones.
  • Firma del Juez o de los integrantes del Tribunal.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 403 de Código Nacional de Procedimientos Penales?

Requisitos de la sentencia La sentencia contendrá: I. La mención del Tribunal de enjuiciamiento y el nombre del Juez o los Jueces que lo integran; II. La fecha en que se dicta; III. Identificación del acusado y la…

¿Está vigente el artículo 403?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2014-03-05. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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