Código procesal federal

Artículo 415 de Código Nacional de Procedimientos Penales

Código Nacional de Procedimientos Penales · Última reforma de referencia: 2014-03-05 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 415. Identificación de los supuestos de inimputabilidad Si el imputado ha sido vinculado a proceso y se estima que está en una situación de inimputabilidad, las partes podrán solicitar al Juez de control que se lleven a cabo los peritajes necesarios para determinar si se acredita tal extremo, así como si la inimputabilidad que presente pudo ser propiciada o no por la persona.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 415 del Código Nacional de Procedimientos Penales se refiere a la situación de inimputabilidad de un imputado que ha sido vinculado a proceso. La inimputabilidad se refiere a la incapacidad de una persona para entender la ilicitud de sus actos o para actuar conforme a ese entendimiento debido a razones de salud mental.

Si se considera que el imputado puede estar en esta situación, las partes involucradas en el proceso tienen la opción de solicitar al Juez de control que se realicen peritajes. Estos peritajes tienen como objetivo determinar si efectivamente existe inimputabilidad y si esta condición fue provocada por la propia persona o no.

  • Se puede solicitar peritajes para evaluar la inimputabilidad.
  • El Juez de control es quien autoriza estos peritajes.
  • Se investiga si la inimputabilidad fue provocada por el imputado.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 415 de Código Nacional de Procedimientos Penales?

Identificación de los supuestos de inimputabilidad Si el imputado ha sido vinculado a proceso y se estima que está en una situación de inimputabilidad, las partes podrán solicitar al Juez de control que se lleven a cabo…

¿Está vigente el artículo 415?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2014-03-05. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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