Artículo 384 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 384 (Atribución de nombre, domicilio o documento de identificación falsos ante la autoridad)
Se impondrá de dos a cuatro años de prisión y de quinientos a mil días multa, a quien, al declarar ante una autoridad en un procedimiento, proceso o juicio, ya sea del Estado o de sus municipios, o en la investigación de un delito, se atribuya un nombre o apellido que no le corresponde, o proporcione un domicilio en el que no reside, sin hacer la aclaración pertinente, o bien, presente un documento falsificado o adulterado, o la copia del mismo, para acreditar su identidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.