Código Penal estatal

Artículo 457 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza

Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 457 (Penas adicionales para el delito de enriquecimiento ilícito)

Además de las penas señaladas en el artículo precedente, se impondrá al servidor público, el decomiso del dinero, bienes y valores que obtuvo ilícitamente, además de la reparación del daño a que haya lugar.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 457 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza?

(Penas adicionales para el delito de enriquecimiento ilícito) Además de las penas señaladas en el artículo precedente, se impondrá al servidor público, el decomiso del dinero, bienes y valores que obtuvo ilícitamente,…

¿Está vigente el artículo 457?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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