Código Penal estatal

Artículo 102 de Código Penal del Estado de Michoacán

Código Penal del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 102.- Se comete el delito de rebelión, cuando personas no militares en ejercicio, se alzan en armas con alguno de los propósitos siguientes:

I. Abolir o reformar la Constitución Política del Estado o las instituciones que de ella emanen;

II. Impedir la elección o renovación de alguno de los poderes, la reunión del Congreso o del Tribunal de Justicia o de alguna asamblea municipal o coartar la libertad de estos cuerpos en sus deliberaciones o resoluciones;

III. Separar de su cargo al Gobernador, al Secretario General de Gobierno, al Procurador General de Justicia, a los Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia, a los Diputados del Congreso o a los miembros de los Ayuntamientos;

IV. Substraer de la obediencia del gobierno toda o una parte de la población del Estado o algún cuerpo de seguridad pública de la Entidad; y V. Impedir a alguno de los poderes del Estado, el libre ejercicio de sus atribuciones o usurpárselas.

(REFORMADO, P.O. 3 DE AGOSTO DE 1998)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 102 de Código Penal del Estado de Michoacán a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 102 de Código Penal del Estado de Michoacán?

Se comete el delito de rebelión, cuando personas no militares en ejercicio, se alzan en armas con alguno de los propósitos siguientes: I. Abolir o reformar la Constitución Política del Estado o las instituciones que de…

¿Está vigente el artículo 102?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.