Artículo 134 de Código Penal del Estado de Michoacán
Código Penal del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 134.- Las disposiciones de este título sólo tendrán aplicación en los casos de actos o de omisiones que no deban ser sancionados por los tribunales federales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.