Artículo 204 de Código Penal del Estado de Michoacán
Código Penal del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 204. El delito de falsificación de documentos o uso de documentos falsos se sancionará con prisión de seis meses a cinco años y multa de diez a quinientos días de salario mínimo general vigente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.