Artículo 39 de Código Penal del Estado de Michoacán
Código Penal del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 39.- El ejercicio de la acción penal lleva implícito pedimento de aseguramiento de bienes, la formulación de conclusiones acusatorias y solicitud de condena al pago de la reparación del daño.
(REFORMADO PRIMER PARRAFO, P.O. 3 DE AGOSTO DE 1998)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.