Artículo 4 de Código Penal del Estado de Michoacán
Código Penal del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 4o.- Cuando se cometa un delito tipificado en una ley especial, se aplicará ésta, observándose las disposiciones generales de este Código en lo no previsto por aquélla.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.