Código Penal estatal

Artículo 57 de Código Penal del Estado de Michoacán

Código Penal del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 57.- Cuando un conductor de transporte de pasajeros, carga, servicio público o concesionado por autorización, permiso o licencia de las autoridades competentes cause homicidio de dos o más personas, la sanción será de cinco a veinte años de prisión, destitución del empleo, cargo o comisión e inhabilitación para obtener otro de la misma naturaleza.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 57 de Código Penal del Estado de Michoacán?

Cuando un conductor de transporte de pasajeros, carga, servicio público o concesionado por autorización, permiso o licencia de las autoridades competentes cause homicidio de dos o más personas, la sanción será de cinco…

¿Está vigente el artículo 57?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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