Artículo 67 de Código Penal del Estado de Michoacán
Código Penal del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 67.- En el caso previsto en la fracción III del Artículo 16, se ordenará la internación cuando el sujeto sea peligroso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.