Código Penal estatal

Artículo 72 de Código Penal del Estado de Michoacán

Código Penal del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 72.- Cuando se trate de delincuente primario que no revele peligrosidad, la sanción privativa de libertad que no excediere de dos años, se podrá conmutar en la sentencia, por una multa, cuya cuantía se fijará teniendo en cuenta las condiciones económicas del acusado, o por trabajo en favor de la comunidad a criterio de la autoridad judicial conforme al párrafo tercero del artículo 81 bis.

Si el reo no paga la multa sustitutiva ni el monto de la reparación del daño a que sea condenado, la conmutación no tendrá efecto y se ejecutará la sanción privativa de la libertad.

(ADICIONADO, P.O. 3 DE AGOSTO DE 1998)

Artículo 72 bis. El reo que considere que al dictarse sentencia reúna las condiciones para el disfrute de la conmutación de la sanción y que por inadvertencia de su parte o del juzgador no le hubiere sido otorgada, podrá promover ante éste que se le conceda, abriéndose el incidente respectivo en los términos del artículo 582 del Código de Procedimientos Penales.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 72 de Código Penal del Estado de Michoacán a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 72 de Código Penal del Estado de Michoacán?

Cuando se trate de delincuente primario que no revele peligrosidad, la sanción privativa de libertad que no excediere de dos años, se podrá conmutar en la sentencia, por una multa, cuya cuantía se fijará teniendo en…

¿Está vigente el artículo 72?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.