Artículo 226 de Código Penal del Estado de Querétaro
Código Penal del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 226.- Al que por cualquier medio destruya total o parcialmente un vehículo de servicio público local estando ocupado por una o más personas, se le aplicará prisión de 15 a 30 años y de 300 a 500 días multa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.