Código Penal estatal

Artículo 226 de Código Penal del Estado de Querétaro

Código Penal del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 226.- Al que por cualquier medio destruya total o parcialmente un vehículo de servicio público local estando ocupado por una o más personas, se le aplicará prisión de 15 a 30 años y de 300 a 500 días multa.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 226 de Código Penal del Estado de Querétaro?

ARTÍCULO 226.- Al que por cualquier medio destruya total o parcialmente un vehículo de servicio público local estando ocupado por una o más personas, se le aplicará prisión de 15 a 30 años y de 300 a 500 días multa.

¿Está vigente el artículo 226?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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