Artículo 299 de Código Penal del Estado de Querétaro
Código Penal del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 299.- Se sancionará con prisión de 3 meses a 1 año y de 10 a 40 días multa, el quebrantamiento de la obligación, impuesta en sentencia, de prestar trabajo en favor de la comunidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.