Artículo 15 de Código Penal del Estado de San Luis Potosí
Código Penal del Estado de San Luis Potosí · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 15. Aplicación de leyes especiales Cuando se cometa un delito no previsto por este Ordenamiento, pero sí en una ley especial del Estado, se aplicará esta última y sólo en lo no previsto por la misma se aplicarán las disposiciones de este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.