Artículo 252 de Código Penal del Estado de Yucatán
Código Penal del Estado de Yucatán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 252. El delito de abuso de autoridad se sancionará con prisión de dos a ocho años, de diez a cuatrocientos días-multa y destitución del cargo, empleo o comisión.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.