Artículo 324 de Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 324.- Hay premeditación cuando el reo cause intencionalmente una lesión o un homicidio, después de haber reflexionado sobre el delito que va a cometer.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.