Artículo 117 de Código Penal Federal
Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 117.- La ley que suprime el tipo penal o lo modifique, extingue, en su caso, la acción penal o la sanción correspondiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 56.
Artículo reformado DOF 23-12-1985 CAPITULO IX Existencia de una Sentencia Anterior Dictada en Proceso Seguido por los Mismos Hechos Capítulo adicionado DOF 23-12-1985
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.