Código federal

Artículo 132 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 132.- Se aplicará la pena de dos a veinte años de prisión y multa de cinco mil a cincuenta mil pesos a los que, no siendo militares en ejercicio, con violencia y uso de armas traten de:

I.- Abolir o reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

II.- Reformar, destruir o impedir la integración de las instituciones constitucionales de la Federación, o su libre ejercicio; y III.- Separar o impedir el desempeño de su cargo a alguno de los altos funcionarios de la Federación mencionados en el artículo 2o. de la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación, del Distrito Federal y de los Altos Funcionarios de los Estados.

Fracción reformada DOF 23-12-1974 Artículo reformado DOF 15-01-1951, 29-07-1970

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 132 del Código Penal Federal establece penas para quienes, sin ser militares en activo, utilicen la violencia y armas con el objetivo de alterar el orden constitucional en México. Las sanciones incluyen de dos a veinte años de prisión y multas que van de cinco mil a cincuenta mil pesos.

Las conductas específicas que se penalizan son:

  • Abolir o reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Reformar, destruir o impedir la integración de las instituciones constitucionales de la Federación, o su libre ejercicio.
  • Separar o impedir el desempeño de su cargo a altos funcionarios de la Federación.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 132 de Código Penal Federal?

Se aplicará la pena de dos a veinte años de prisión y multa de cinco mil a cincuenta mil pesos a los que, no siendo militares en ejercicio, con violencia y uso de armas traten de: I.- Abolir o reformar la Constitución…

¿Está vigente el artículo 132?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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