Código federal

Artículo 232 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 232.- Además de las penas mencionadas, se podrán imponer de tres meses a tres años de prisión.

I.- Por patrocinar o ayudar a diversos contendientes o partes con intereses opuestos, en un mismo negocio o en negocios conexos, o cuando se acepta el patrocinio de alguno y se admite después el de la parte contraria;

II.- Por abandonar la defensa de un cliente o negocio sin motivo justificado y causando daño, y III.- Al defensor de un reo, sea particular o de oficio, que sólo se concrete a aceptar el cargo y a solicitar la libertad caucional que menciona la fracción I del artículo 20 de la Constitución, sin promover más pruebas ni dirigirlo en su defensa.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 232 del Código Penal Federal establece que se pueden imponer penas de prisión de tres meses a tres años en ciertas circunstancias relacionadas con la defensa legal. Estas circunstancias son las siguientes:

  • Patrocinio de partes opuestas: Se sanciona a quien patrocina o ayuda a diferentes partes con intereses contrarios en un mismo asunto o en asuntos relacionados, o si acepta representar a una parte y luego a la contraria.
  • Abandono de defensa: Se penaliza a quien abandona la defensa de un cliente sin una razón justificada y causando daño.
  • Defensa insuficiente: Se castiga al defensor de un reo, ya sea particular o de oficio, que solo solicite la libertad caucional sin realizar más acciones en la defensa del cliente.

Este artículo busca asegurar que los defensores actúen de manera ética y responsable en su labor.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 232 de Código Penal Federal?

El artículo 232 del Código Penal Federal establece que se pueden imponer penas de prisión de tres meses a tres años en ciertas circunstancias relacionadas con la defensa legal. Estas circunstancias son las siguientes: Patrocinio de partes opuestas: Se sanciona a quien patrocina…

¿Está vigente el artículo 232?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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