Código federal

Artículo 335 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 335.- Al que abandone a un niño incapaz de cuidarse a sí mismo o a una persona enferma, teniendo obligación de cuidarlos, se le aplicarán de un mes a cuatro años de prisión, sí no resultare daño alguno, privándolo, además, de la patria potestad o de la tutela, si el delincuente fuere ascendiente o tutor del ofendido.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 335 del Código Penal Federal se refiere a la responsabilidad penal de las personas que abandonan a un niño que no puede cuidarse por sí mismo o a una persona enferma, cuando tienen la obligación de cuidar de ellos. Este abandono puede llevar a una pena de prisión que va de un mes a cuatro años, siempre y cuando no se haya causado daño alguno a la persona abandonada.

Además de la pena de prisión, si la persona que abandona es un ascendiente o tutor del ofendido, también se le puede privar de la patria potestad o de la tutela. Esto significa que se le puede quitar el derecho legal de cuidar y tomar decisiones por el niño o la persona enferma.

  • Abandono de un niño incapaz o persona enferma.
  • Pena de prisión de 1 a 4 años si no hay daño.
  • Privación de patria potestad o tutela si el delincuente es ascendiente o tutor.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 335 de Código Penal Federal?

El artículo 335 del Código Penal Federal se refiere a la responsabilidad penal de las personas que abandonan a un niño que no puede cuidarse por sí mismo o a una persona enferma, cuando tienen la obligación de cuidar de ellos. Este abandono puede llevar a una pena de prisión que…

¿Está vigente el artículo 335?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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