Código federal

Artículo 403 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 403.- Se impondrán de diez a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien:

I. Vote a sabiendas de que no cumple con los requisitos de la ley;

II. Vote más de una vez en una misma elección;

III. Haga proselitismo o presione objetivamente a los electores el día de la jornada electoral en el interior de las casillas o en el lugar en que se encuentren formados los votantes, con el fin de orientar el sentido de su voto;

IV. Obstaculice o interfiera dolosamente el desarrollo normal de las votaciones, el escrutinio y cómputo, el traslado y entrega de los paquetes y documentación electoral, o el adecuado ejercicio de las tareas de los funcionarios electorales;

V. Recoja en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, credenciales para votar de los ciudadanos;

VI. Solicite votos por paga, dádiva, promesa de dinero u otra recompensa durante las campañas electorales o la jornada electoral;

VII. El día de la jornada electoral viole, de cualquier manera, el derecho del ciudadano a emitir su voto en secreto;

VIII. Vote o pretenda votar con una credencial para votar de la que no sea titular;

IX. El día de la jornada electoral lleve a cabo el transporte de votantes, coartando o pretendiendo coartar su libertad para la emisión del voto;

X. Introduzca en o sustraiga de las urnas ilícitamente una o más boletas electorales, o se apodere, destruya o altere boletas, documentos o materiales electorales, o impida de cualquier forma su traslado o entrega a los órganos competentes;

XI. Obtenga o solicite declaración firmada del elector acerca de su intención o el sentido de su voto, o bien que, mediante amenaza o promesa de paga o dádiva, comprometa su voto en favor de un determinado partido político o candidato;

XII. Impida en forma violenta la instalación de una casilla, o asuma dolosamente cualquier conducta que tenga como finalidad impedir la instalación normal de la casilla; o XIII. Durante los ocho días previos a la elección y hasta la hora oficial del cierre de las casillas que se encuentren en las zonas de husos horarios más occidentales del territorio nacional, publique o difunda por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que den a conocer las preferencias de los ciudadanos.

Artículo adicionado DOF 15-08-1990. Reformado DOF 25-03-1994, 22-11-1996

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 403 del Código Penal Federal establece sanciones para diversas conductas irregulares relacionadas con el proceso electoral. Se prevén penas de multa y prisión para quienes incurran en estas acciones prohibidas durante las elecciones.

  • Votar sin cumplir los requisitos legales.
  • Votar más de una vez en la misma elección.
  • Hacer proselitismo o presionar a los electores el día de la elección.
  • Obstaculizar el desarrollo normal de las votaciones.
  • Recolectar credenciales para votar sin causa legal.
  • Solicitar votos a cambio de dinero u otras recompensas.
  • Vulnerar el derecho al voto secreto.
  • Votar con una credencial que no le pertenece.
  • Transportar votantes coartando su libertad.
  • Manipular boletas electorales o documentos relacionados.
  • Obtener declaraciones sobre la intención de voto mediante amenazas o promesas.
  • Impedir la instalación de casillas de manera violenta.
  • Publicar resultados de encuestas en los días previos a la elección.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 403 de Código Penal Federal?

El artículo 403 del Código Penal Federal establece sanciones para diversas conductas irregulares relacionadas con el proceso electoral. Se prevén penas de multa y prisión para quienes incurran en estas acciones prohibidas durante las elecciones. Votar sin cumplir los requisitos…

¿Está vigente el artículo 403?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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