Código federal

Artículo 404 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 404.- Se impondrán hasta 500 días multa a los ministros de cultos religiosos que, en el desarrollo de actos públicos propios de su ministerio, induzcan expresamente al electorado a votar en favor o en contra de un candidato o partido político, o a la abstención del ejercicio del derecho al voto.

Artículo adicionado DOF 15-08-1990. Reformado DOF 25-03-1994, 22-11-1996

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 404 del Código Penal Federal establece sanciones para los ministros de cultos religiosos que, durante actos públicos relacionados con su ministerio, inciten al electorado a votar a favor o en contra de un candidato o partido político, o a no ejercer su derecho al voto. Esta disposición busca mantener la neutralidad religiosa en el proceso electoral.

  • Se pueden imponer multas de hasta 500 días.
  • La inducción al voto puede ser a favor, en contra o a la abstención.
  • Aplica únicamente en actos públicos del ministerio religioso.

La norma fue adicionada en 1990 y ha sido reformada en varias ocasiones, reflejando la importancia de la separación entre religión y política en el contexto electoral.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 404 de Código Penal Federal?

El artículo 404 del Código Penal Federal establece sanciones para los ministros de cultos religiosos que, durante actos públicos relacionados con su ministerio, inciten al electorado a votar a favor o en contra de un candidato o partido político, o a no ejercer su derecho al…

¿Está vigente el artículo 404?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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