Artículo 44 de Código Penal Federal
Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 44.- Cuando el juez estime que no es suficiente el apercibimiento exigirá además al acusado una caución de no ofender, u otra garantía adecuada, a juicio del propio juez.
Artículo reformado DOF 13-01-1984 CAPITULO IX Suspensión de derechos
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.