Código Penal estatal

Artículo 79 de Código Penal para el Estado de Baja California Sur

Código Penal para el Estado de Baja California Sur · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 79. Incriminación cerrada para la punibilidad de los delitos culposos o sistema de números clausus. Sólo se sancionarán como delitos culposos los siguientes: homicidio regulado en el artículo 128; lesiones reguladas en artículo 136; lesiones por contagio, regulado en el artículo 168, daños regulado en el artículo 252; ejercicio indebido del servicio público a que se refieren las fracciones IV y V del artículo 270 en las siguientes hipótesis: destruir, alterar o inutilizar información o documentación bajo su custodia o a la cual tenga acceso de la fracción IV, y propicie daños, pérdida o sustracción de objetos de la fracción V;

evasión de presos, a que se refieren el artículo 316; suministro de medicinas nocivas o inapropiadas, contemplados en los artículos 345 y 346;

ataques a las vías y a los medios de comunicación, regulados en los artículos 348, a excepción de la fracción II y 349 fracción I; delitos contra el ambiente, regulado en el artículo 367, y los demás casos señalados específicamente en el presente Código y otras disposiciones legales.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 79 de Código Penal para el Estado de Baja California Sur a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 79 de Código Penal para el Estado de Baja California Sur?

Incriminación cerrada para la punibilidad de los delitos culposos o sistema de números clausus. Sólo se sancionarán como delitos culposos los siguientes: homicidio regulado en el artículo 128; lesiones reguladas en…

¿Está vigente el artículo 79?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.