Código Penal estatal

Artículo 189 de Código Penal para el Estado de Colima — Colima

Código Penal para el Estado de Colima — Colima · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 189. Al que se le imputare el delito de robo simple y acredite haber tomado la cosa con carácter temporal y no para apropiársela o venderla, se le aplicarán de tres a seis meses de prisión y multa por un importe equivalente de ocho a cincuenta unidades de medida y actualización, así como la reparación del daño, siempre que no se haya negado a devolverla, si se le requirió para ello.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 189 de Código Penal para el Estado de Colima — Colima?

ARTÍCULO 189. Al que se le imputare el delito de robo simple y acredite haber tomado la cosa con carácter temporal y no para apropiársela o venderla, se le aplicarán de tres a seis meses de prisión y multa por un…

¿Está vigente el artículo 189?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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