Artículo 34 de Código Penal para el Estado de Colima
Código Penal para el Estado de Colima · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 34. Catálogo de consecuencias jurídicas accesorias para las personas morales.
Las consecuencias jurídicas accesorias para las personas morales, son:
I. Disolución;
II. Suspensión;
III. Prohibición de realizar determinadas operaciones;
IV. Intervención; y V. Remoción.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.