Artículo 342 de Código Penal para el Estado de Hidalgo — Hidalgo
Código Penal para el Estado de Hidalgo — Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 342.- Se impondrá prisión de dos a ocho años y multa de 50 a 250 días, al que dolosamente venda, adquiera, posea o trafique con semillas, fertilizantes, plaguicidas, implementos u otros materiales destinados a la producción agropecuaria, que se hayan entregado a los productores por alguna entidad o dependencia pública a precios subsidiados.
Se impondrá de tres meses a cuatro años de prisión y multa de 25 a 125 días, si el que comete este delito fuere el productor que los recibió de las instituciones oficiales. Se harán acreedores a las mismas penas los servidores públicos de alguna entidad o dependencia estatal, que entreguen estos insumos a quienes no tengan derecho a recibirlos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.