Código Penal estatal

Artículo 369 de Código Penal para el Estado de Hidalgo

Código Penal para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 369.- Para lo previsto en el artículo 366, al servidor público que haya autorizado alguno de los documentos contenidos en el artículo 364 de este Código, se le considerará coparticipe del delito.

(ADICIONADO CON EL CAPÍTULO Y ARTÍCULO QUE LO INTEGRA, P.O. 26 DE MARZO DE 2018)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 369 de Código Penal para el Estado de Hidalgo?

ARTICULO 369.- Para lo previsto en el artículo 366, al servidor público que haya autorizado alguno de los documentos contenidos en el artículo 364 de este Código, se le considerará coparticipe del delito. (ADICIONADO…

¿Está vigente el artículo 369?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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