Artículo 39 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas
Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 39.- Son responsables de la comisión de un delito:
I.- Los autores intelectuales y los que tomen parte directa en la preparación o ejecución del mismo;
II.- Los que inducen o compelen a otros a cometerlos;
III.- Los que cooperen o auxilien en su ejecución, ya sea por conducta anterior o simultánea; y IV.- Los que por acuerdo previo, auxilien a los delincuentes, después de que éstos realicen los actos u omisiones constitutivos de delitos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.