Artículo 226 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
226.- La falsificación de documentos públicos o privados se sancionará con prisión de seis meses a tres años y multa de quince a treinta días multa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.