Artículo 224 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 224.- Se impondrá de seis mes a dos años de prisión y de diez a sesenta días multa:
I.- Al que presente denuncias o querellas imputando a otro un delito sabiendo que es inocente o que aquél no se ha cometido; o II.- Al que para que un inocente aparezca culpable de un delito ponga sobre él o en un lugar adecuado para ese fin, elementos que puedan dar indicios o presunciones de responsabilidad.
En los casos precedentes, si el imputado es declarado penalmente responsable por razón de las falsas denuncias, se impondrá al denunciante o querella (sic), de dos a cinco años de prisión.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.