Artículo 237 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 237.- Los productos explotados, transportados o adquiridos ilegalmente, así como los instrumentos de explotación y medios de transporte, serán decomisados en beneficio del Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.