Artículo 245 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 245.- Se impondrá de seis meses a cinco años de prisión y de diez a cincuenta días multa, a los servidores públicos que:
I.- Sustraigan, destruyan u oculten documentos que les hubieren confiado por razón de su cargo.
II.- Abran o permitan abrir sin orden legítima, documentos, cuya custodia les estuviera confiada.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.