Artículo 251 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 251.- Las sanciones previstas por este capítulo se impondrán sin detrimento de la responsabilidad civil que resulte por la comisión de estos ilícitos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.